LA DECLARACION DEL ISLR CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2007, DEBERA CONTENER LA TOTALIDAD DE LAS REMUNERACIONES OBTENIDAS DURANTE EL EJERCICIO
El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria - SENIAT Informa que la determinación del Impuesto Sobre la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2007 (01/01/2007 al 31/12/2007), cuya declaración debe ser presentada antes del 31 de marzo de 2008, deberá incluir la totalidad de las remuneraciones correspondientes al ejercicio fiscal antes señalado, vale decir, debe contener todo lo percibido durante el año 2007. Es importante destacar, que las personas que ya presentaron su declaración correspondiente al ejercicio 2007 y no incorporaron la totalidad de los montos percibidos, tienen la oportunidad de presentar su declaración sustitutiva antes deI 31 de marzo de 2008 y pagar la diferencia resultante, esta acción no genera sanciones ni cálculo de intereses moratorios. En este sentido, los entes pagadores de sueldos, salarios y demás remuneraciones similares (patronos, pagadores o empleadores) deberán elaborar los correspondientes comprobantes de remuneraciones y retenciones anuales (ARC), incorporando la totalidad de los conceptos pagados durante el periodo 01/01/2007 al 31/12/2007, de conformidad con lo establecido en la Ley de Impuesto Sobre la Renta vigente.
JOSÉ DAVID CABELLO RONDÓN
Superintendente Nacional Aduanero y Tributario
Decreto N° 5.851 de fecha 01/02/2008
Gaceta Oficial N° 38.863 del 01/02/2008
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